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Ecuador cobra IVA al juego en línea mientras los casinos físicos siguen prohibidos: la paradoja legal que nadie explica

Caro Vallejo
Escrito por Caro Vallejo

Ecuador aplica desde abril de 2026 un impuesto del 15% a las plataformas de apuestas deportivas y de videojuegos en línea. El mismo Estado que en 2011 cerró los casinos ahora les exige impuestos a las apuestas deportivas en línea. La explicación parece ser estrictamente jurídica.

Qué cambia con la resolución del SRI para el juego en línea

En Abril de 2026, el Servicio de Rentas Internas de Ecuador SRI publicó una resolución que pocos en la industria esperaban con esa precisión técnica. El documento establece que la “difusión de apuestas, pronósticos deportivos y videojuegos en línea” queda gravada con el 15% de IVA, independientemente de que la plataforma opere desde Quito o desde Malta. El criterio es el del usuario: si está en Ecuador, la obligación tributaria existe. El esquema replica exactamente lo que ya aplica a Netflix o Spotify, servicios extranjeros sin sede local que igual cobran IVA a sus suscriptores ecuatorianos. Para operadores de apuestas deportivas en linea que durante años no tuvieron ninguna obligación formal con el fisco ecuatoriano, el cambio fue inmediato. La pregunta que recorrió los grupos de la industria del juego en toda la región fue la misma: ¿cómo cobra un Estado impuestos por algo que prohíbe?

Por qué la prohibición de 2011 no toca el juego en línea

El 7 de mayo de 2011, más de la mitad del electorado ecuatoriano votó a favor de cerrar “los negocios dedicados a juegos de azar, tales como casinos y salas de juego”. No fue una ley del Congreso: fue una decisión directa de la ciudadanía en las urnas, con el 52% a favor. El mandato se tradujo en el Artículo 236 del Código Orgánico Integral Penal COIP, que fijó entre 1 y 3 años de prisión para quien administre ese tipo de establecimientos. La palabra clave que nadie discutió ese año fue “establecimientos”.

El referéndum nació de una discusión sobre locales físicos, esos lugares que en el imaginario popular son casinos con luces neones en las avenidas de Guayaquil y Quito y no consideró el segmento en en línea, ya que en 2011, apostar desde un teléfono no era una práctica masiva en Ecuador. Esa realidad dejó un vacío en la norma que, con los años, se convirtió en una autopista para las plataformas digitales.

Durante casi una década, cientos de sitios de apuestas deportivas en operaron en Ecuador sin que ninguna autoridad los detuviera ni los regulara. La razón jurídica llegó formalmente en diciembre de 2019, cuando la Procuraduría General del Estado aclaró que los “pronósticos deportivos” no son juegos de azar en sentido estricto, porque el resultado no depende solo de la suerte sino también del conocimiento del apostador. Con esa distinción, la Procuraduría trazó una línea: lo que prohíbe el COIP son los juegos de azar “puros”y los pronósticos deportivos quedaron fuera de esa categoría. El sector del juego llegó a la consulta popular convocada en septiembre de 2025, donde los ecuatorianos rechazaron una Asamblea Constituyente, ademas de el retorno de los casinos y salas de juego dedicados a juegos de azar. El efecto práctico fue una zona gris para la industria del juego en línea, que se extendió por años: actividad económica real, millones de transacciones, y ningún marco regulatorio ni tributario que la ordenara.

Fuente: SiGMA News, elaborado por el medio con base en fuentes oficiales de Ecuador, entre ellas el Registro Oficial, el CNE, la Presidencia de la República, el Ministerio del Deporte, el SRI y la Procuraduría General del Estado de Ecuador

La apuesta fiscal: gravar el juego en línea sin legalizarlo completamente en Ecuador

Lo que hizo el SRI en abril de 2026 no modifica el COIP ni revierte el referéndum de 2011. El artículo 236 sigue vigente, y quien abra un casino en Ecuador sigue expuesto a prisión. Lo que cambió es que el Estado dejó de ignorar fiscalmente una economía digital que ya existía y generaba transacciones reales sin pagar ningún impuesto. El razonamiento es el mismo que aplican varios países al gravar el tabaco o el alcohol: el impuesto no es un respaldo moral a la actividad, sino una herramienta de recaudación sobre algo que ocurre de todas formas. Ecuador optó por cobrar antes de regular totalmente. Si la regulación integral llegará después, es la pregunta que la industria lleva meses intentando responder.

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