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Ecuador: IVA del 15% para servicios de apuestas y juegos en línea

Caro Vallejo
Escrito por Caro Vallejo

El Servicio de Rentas Internas de Ecuador precisó que los servicios digitales vinculados a apuestas, pronósticos deportivos, streaming deportivo y juegos en línea pagan IVA del 15%, quedando definido de forma específica con reglas diferenciadas según la residencia del proveedor y la existencia de intermediarios financieros, lo que obliga a operadores y bancos a revisar sus modelos de cumplimiento.

Accesibilidad digital y auge de servicios de juego en línea

En el actual contexto de expansión de los servicios digitales y del juego en línea, la administración tributaria ecuatoriana decidió aclarar cómo se aplica el Impuesto al Valor Agregado a estos modelos de negocio basados en plataformas y contenidos automatizados.

El Servicio de Rentas Internas del Ecuador (SRI) confirmó mediante la Circular Nro. NAC-DGECCGC26-00000004, que los servicios digitales relacionados con pronósticos deportivos, apuestas, juegos en línea y contenidos similares están sujetos al IVA general vigente del 15%. Esto se basa en el artículo 56 de la Ley de Régimen Tributario Interno y en el numeral 1 del artículo 140 de su reglamento.

La autoridad incluye expresamente los servicios de pronósticos deportivos prestados mediante plataformas digitales nacionales o extranjeras, así como los videojuegos en línea y las transmisiones digitales de eventos deportivos, lo que envía un mensaje claro al ecosistema de operadores y proveedores de contenido.

Alcance del concepto de servicio digital para apuestas y juegos en línea en Ecuador

Para sustentar este criterio, el Servicio de Rentas Internas recuerda la definición de “servicio digital”, que incluye aquellos prestados o contratados a través de internet o tecnologías afines, básicamente automatizados y con mínima intervención humana, sin importar el dispositivo de acceso utilizado por el consumidor. Dentro de esa definición, el propio Servicio de Rentas Internas detalla que se consideran servicios digitales “el acceso y/o descarga de imágenes, texto, información, video, eventos deportivos o de otro tipo, música, juegos -incluyendo los juegos de azar-”, abarcando desde la descarga de contenidos audiovisuales hasta la descarga en línea de juegos con múltiples jugadores conectados de forma remota. Además, la administración tributaria incluye la difusión de música, películas, apuestas o cualquier contenido digital, incluso cuando se realice mediante tecnología de streaming, sin necesidad de descarga previa a un dispositivo de almacenamiento, lo que impacta directamente en los modelos de las plataformas de pronósticos y eventos deportivos en vivo.

Marco normativo y alcance para apuestas, pronósticos y juegos en línea

Bajo la normativa, el SRI detalla que el concepto comprende, entre otros, los videojuegos en línea provistos mediante pago, suscripción o descarga, así como los pronósticos deportivos ofrecidos a través de plataformas virtuales o electrónicas, sean estas nacionales o extranjeras. También se incluye el streaming de eventos deportivos como parte de los servicios digitales contratados por usuarios en Ecuador, integrando en una misma lógica tributaria tanto el acceso al contenido como los servicios asociados de pronóstico y apuestas que se comercializan alrededor de dichas transmisiones. “En consecuencia, los sujetos pasivos que presten estos servicios deberán aplicar la tarifa general vigente del Impuesto al Valor Agregado (actualmente 15%) y cumplir íntegramente con las obligaciones tributarias derivadas a dicha operación”, enfatiza el Servicio de Rentas Internas, enviando un mensaje directo a operadores que estructuran su oferta en formatos híbridos entre contenido y juego en línea.

Cómo se define el responsable del IVA en juegos en línea y pronósticos deportivos

A nivel operativo, el tratamiento del Impuesto al Valor Agregado IVA para juegos en línea y pronósticos deportivos en Ecuador depende de la residencia del prestador del servicio y de la intervención de un intermediario financiero en la transacción de pago.

Cuando el proveedor es residente en Ecuador o está registrado ante el Servicio de Rentas Internas, actúa como agente de percepción del IVA. En consecuencia, debe emitir comprobantes de venta, declarar y pagar el Impuesto al Valor Agregado dentro de su ciclo normal de obligaciones.

En cambio, cuando el prestador del servicio es no residente y no se encuentra registrado ante la autoridad tributaria ecuatoriana, la normativa dispone que el Impuesto al Valor Agregado sea retenido por el intermediario financiero, como bancos o emisores de tarjetas, en el momento del pago realizado por el consumidor.

Bancos, plataformas o usuarios: quién paga el IVA del juego en línea en Ecuador

La Circular NAC-DGECCGC26-00000004 no solo define qué servicios digitales relacionados con apuestas, pronósticos deportivos y juegos en línea quedan gravados, sino que también  describe quién debe recaudar el IVA en cada escenario.  

Para los operadores, los bancos y los proveedores de servicios digitales, la modificación de contratos, flujos de pago y sistemas de facturación se ha convertido en un requisito mínimo para operar en el mercado ecuatoriano de juegos en línea, que está creciendo bajo una supervisión fiscal cada vez más rigurosa.

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