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Director del SII defiende ante el Senado el cobro de IVA a plataformas extranjeras de apuestas en Chile

Caro Vallejo
Escrito por Caro Vallejo

El director del Servicio de Impuestos Internos compareció ante la Comisión de Economía del Senado para defender la legalidad de una resolución que obliga a plataformas digitales extranjeras de apuestas a tributar en Chile, aclarando que cobrar impuestos no equivale a avalar su operación. En Chile se mantiene abierto el debate sobre la regulación del juego en línea.

La Resolución Exenta N° 69 que encendió el debate legislativo

El 10 de junio pasado, la sala de sesiones de la Comisión de Economía del Senado recibió a Jorge Trujillo Puentes (imagen de la foto principal), director nacional del Servicio de Impuestos Internos (SII), para que explicara en detalle los alcances de la Resolución Exenta N°69, dictada el 2 de junio de 2026. La norma habilita un sistema para que contribuyentes sin domicilio ni residencia en el país que presten servicios de apuestas, juegos de azar, casinos y actividades conexas a través de plataformas digitales cumplan con sus obligaciones tributarias en Chile.

La sesión, presidida por el senador Gastón Saavedra Chandía e integrada además por los senadores Ricardo Celis Araya, Diego Ibáñez Cotroneo y Carlos Ignacio Kuschel Silva, contó con la participación de varios subdirectores del organismo tributario: el subdirector normativo Simón Ramírez, la subdirectora de fiscalización Carolina Saravia y la subdirectora jurídica (subrogante) Bárbara Olivares, entre otros. La instancia se realizó por videoconferencia.

La razón: desde que la resolución fue publicada por el ente fiscal, varios actores, incluida la Asociación de Casinos y Juegos de Chile (ACCJ), han planteado públicamente la interrogante acerca de si el Estado estaba, de facto,legalizando una actividad que los tribunales y otros organismos del sector habían tratado de limitar.

Pagar IVA no equivale a operar legalmente, advirtió el director del SII

Hay una confusión que Trujillo quiso despejar desde el principio: pagar impuestos no es lo mismo que tener permiso para operar. Su exposición ante la comisión fue técnica y extensa, pero ese era el núcleo. El SII no reconoce legitimidad comercial a estas plataformas por el solo hecho de exigirles IVA, ni pretende ponerse en el lugar de los organismos que sí tienen competencia para regularlas

“En consecuencia, si la actividad no debió realizarse, ello deberá ser abordado por los órganos competentes en el ámbito sectorial correspondiente. Pero si, en los hechos, se realizaron operaciones que configuran un hecho gravado conforme a la ley tributaria vigente, al SII le corresponde exigir el cumplimiento de las obligaciones impositivas respectivas”, sostuvo el funcionario ante los senadores.

La distinción es técnica: el fisco separa su rol recaudador del regulatorio. Si una empresa vende un servicio en Chile, aunque esté en disputa legal y esté gravado con IVA según la normativa vigente, al organismo le corresponde exigir el pago del tributo y no le corresponde a él  la discusión de si la actividad debería existir en el país o no.

Trujillo fue especialmente enfático al rechazar la lectura de que con la resolución el organismo estuviera incentivando o validando operaciones ilegales de juego en línea. Según el director, la realidad ya está ocurriendo: las plataformas siguen operando, con o sin autorización del Estado chileno, captando usuarios y generando operaciones económicas gravables.

Gravar no es legalizar: el argumento central del SII:

Trujillo también salió al paso de quienes ven en la resolución una suerte de guiño oficial hacia la industria del juego en línea no autorizado. El director fue claro: el SII trabaja junto a otros organismos del Estado contra la evasión, las actividades ilícitas y el crimen organizado. Que haya IVA de por medio no significa que el fisco mire para el lado; significa que el dinero ya circula y alguien tiene que cobrar lo que corresponde.

“Quienes están fomentando las actividades ilícitas son quienes contratan publicidad, patrocinan actividades y permiten que estas operaciones se desarrollen en el país. Si el control ejercido sobre esta actividad, como lo ordenó la Corte Suprema, es efectivo, no habrá actividad ilícita ni cobro de impuestos por ese concepto”, afirmó Trujillo ante los legisladores.

Chile mantiene abierto el debate del juego en línea

La sesión en el Senado dejó en el ambiente cómo Chile parece no tener aún una postura unificada frente al juego en línea extranjero. El SII cobra, otros organismos restringen, y las plataformas siguen operando. Tres movimientos simultáneos que parecen apuntar en direcciones distintas.

Por un lado, hay organismos que trabajan para limitar o impedir la operación de estas plataformas. Por otro, el organismo fiscal constata que, pese a esos esfuerzos, las transacciones ocurren, los usuarios chilenos participan y el dinero fluye sin que el fisco reciba ningún tributo. La resolución es, en ese sentido, una respuesta pragmática: si no se puede detener completamente el fenómeno, al menos que tribute como cualquier otro prestador de servicios digitales extranjero.

El organismo tributario precisó, además, que la exigencia del IVA a estas plataformas de juego en línea no supone autorizar su funcionamiento, regularizar su situación sectorial ni sustituir las competencias de los órganos llamados a pronunciarse sobre la materia. Según la presentación oficial del SII ante la comisión legislativa, el objetivo es únicamente evitar que el incumplimiento de una normativa regulatoria también derive en una ventaja tributaria injustificada respecto de otros prestadores de servicios digitales que sí cumplen con sus obligaciones fiscales en el país.

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