La justicia chilena volvió a poner el tema sobre la mesa con una decisión que nadie en la industria de las telecomunicaciones esperaba: el máximo tribunal del país anuló una resolución que daba por cumplido el bloqueo de sitios de juego en línea sin autorización, y lo hizo con una reprimenda directa a los propios ministros que cerraron el caso.
Cuando “cumplido” no significa cumplido
Todo comenzó con una queja formal presentada por la Lotería de Concepción, una de las entidades que, en su momento, junto a la Polla Chilena de Beneficencia (lotería estatal oficial de Chile) , impulsó la medida judicial de bloqueo. Según reportó según reportó ADN Radio, citando a La Tercera, estas instituciones advirtieron que las plataformas de juego en línea seguían operando con total normalidad, a pesar de que existía una orden judicial vigente que ordenaba su cierre.
Las plataformas simplemente cambiaban sus direcciones web o activaban los llamados “sitios espejo”, que son réplicas exactas del sitio original con direcciones distintas. De esa manera, los usuarios podían seguir accediendo sin inconvenientes y las operadoras de telecomunicaciones sostenían que, técnicamente, ya habían cumplido con lo ordenado.
La Corte de Apelaciones de Santiago aceptó ese argumento en un primer momento, limitando la obligación de bloqueo únicamente al enlace principal y no a sus variantes. La causa fue archivada el 18 de marzo de 2026, dando por cerrado un proceso que, en la práctica, no había resuelto nada sustancial para las entidades demandantes. Sin embargo, la Corte Suprema tuvo una lectura completamente distinta de los hechos.
Sin ley clara, la Corte Suprema decide sobre el futuro de apuestas en Chile
El contraste con otros países de la región resulta inevitable al analizar este tipo de situaciones. Colombia, por ejemplo, cuenta con unidades policiales especializadas en delitos informáticos y en economía digital, que trabajan de forma coordinada con organismos reguladores para perseguir de manera más ágil y directa plataformas no autorizadas. En Chile, ese camino todavía no existe de forma institucionalizada, y por eso el peso de la persecución recae sobre los tribunales de justicia, que deben operar con herramientas legales más tradicionales frente a una industria que muta con rapidez.
Eso explica, en parte, por qué la evasión mediante sitios espejo resultó tan efectiva durante tanto tiempo. Sin un ente técnico/policial dedicado que pueda reaccionar en tiempo real ante los cambios en la dirección web, la respuesta disponible es acudir al tribunal, presentar nuevas pruebas y esperar una resolución. Un proceso que puede tomar semanas o meses mientras el sitio sigue activo.
Error jurídico revelado por máximo tribunal contra apelaciones de Santiago
La Corte Suprema indicó que la Corte de Apelaciones de Santiago incurrió en un grave error al archivar el caso, pese a haber admitido en su propia resolución que la orden judicial no se había ejecutado de manera auténtica y efectiva.
Para la Suprema, ese reconocimiento y el cierre simultáneo del proceso constituyen una contradicción inaceptable desde el punto de vista jurídico. La sentencia que ordenó los bloqueos originalmente, dictada en septiembre del año pasado, tiene efecto de cosa juzgada, es decir, es una decisión firme y ejecutoriada que no puede ser ignorada ni archivada unilateralmente por un tribunal inferior.
Seis operadoras enfrentarían nueva etapa judicial
El tribunal fue tajante al indicar que las empresas de telecomunicaciones, por omisión, estaban permitiendo una actividad no autorizada en Chile, al no bloquear los sitios espejo, además del aspecto técnico-legal. Desde el punto de vista de la Suprema, esa omisión no es un tema de capacidad técnica, sino de voluntad para acatar.
Como consecuencia directa, se presentó una queja formal contra los ministros de la Corte de Apelaciones responsables de la resolución cuestionada, en la que se calificó su actuación de “falta o abuso grave”. Es una sanción institucional que no ocurre con frecuencia y refleja el nivel de molestia del máximo tribunal ante la forma en que se llevó a cabo el cierre del expediente.
Las empresas directamente involucradas en la orden son Claro, Entel, GTD, Movistar, WOM y VTR, las principales operadoras de telecomunicaciones del país. Todas ellas deberán ahora enfrentar una nueva etapa judicial ante la Corte de Apelaciones de Santiago, esta vez con ministros no inhabilitados a cargo del proceso.
Regresa el caso a Santiago de Chile: ¿Qué viene ahora?
Con la anulación de la resolución anterior, el expediente vuelve a la Corte de Apelaciones de Santiago para que los ministros que no están inhabilitados adopten medidas concretas y verdaderamente efectivas. Se reitera que deben detectarse y bloquearse no solo los enlaces principales, sino también todas las direcciones alternativas que los sitios de juego en línea sin autorización utilicen para seguir operando en el país austral.
La Lotería de Concepción y la Polla Chilena de Beneficencia, que desde el inicio impulsaron esta acción legal, ven en este fallo una reivindicación de su postura. Ambas instituciones habían advertido que el bloqueo parcial era insuficiente y que, sin detectar espejo, la sentencia quedaba vacía de contenido práctico.
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